Un grupo de Ayuda mutua es una asociación de conjuntos residenciales que establecen un convenio privado, voluntario, recíproco y sin fines de lucro, en consideración a los riesgos inherentes al tipo de actividades que realizan y buscan prestar en forma coordinada la asistencia de recursos técnicos y/o humanos en caso de presentarse una situación de desastre o emergencia que supere la capacidad de respuesta de las instalaciones afectadas, y teniendo en cuenta el propósito de proteger a los clientes, la comunidad en general y minimizar cualquier efecto adverso al medio ambiente.

OBJETIVO
Lograr el permanente y pleno funcionamiento del Plan de Ayuda Mutua, con el fin de prestar en forma coordinada asistencia técnica y/o humana en casos en que una emergencia supere o amenace con superar la capacidad propia de respuesta para eventos de derrames, incendios, explosiones, corto circuitos, nubes tóxicas y en general, eventos generados por riesgos naturales y tecnológicos o por actos mal intencionados de terceros o por cualquier otra causa; en las instalaciones de las empresa signatarias de este acuerdo o que se adhieren al mismo.
Con el fin de establecer un convenio privado, voluntario, recíproco y sin fines de lucro, en consideración a los riesgos inherentes al tipo de actividades que realizamos, y buscando prestar en forma coordinada la asistencia de recursos técnicos y/o humanos en caso de presentarse una situación de desastre o emergencia que supere la capacidad de respuesta de las instalaciones afectadas, y teniendo en cuenta que nuestro propósito es proteger a los clientes, a la comunidad en general y minimizar cualquier efecto adverso al medio ambiente; las empresas quienes suscribimos este Acuerdo, hemos decidido crear un Plan de Ayuda Mutua, el cual será adscrito al Comité de Atención y Prevención de Desastres que opere en la región, buscando de esta forma controlar de una manera efectiva y oportuna los eventos que pudieran presentarse en las diferentes instalaciones.
Las entidades diferentes, a las signatarias de este Acuerdo, de similares características y que se encuentren establecidas en el área de influencia, se invitarán e instarán a adherirse al mismo.
Para el desarrollo operativo de este Acuerdo cada conjunto designará un representante con su respectivo suplente. Anualmente se programarán las reuniones del Comité, para la realización de las reuniones es indispensable la asistencia de un representante de cada conjunto; sin embargo, se deliberará con la mitad más uno de los miembros del Comité.

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